Para proteger a los Chicos
Una nueva ley se propone poner a salvo a los ni�os paname�os del turismo sexual y la pornograf�a infantil
Jos� Miguel Navarrete R.
Abogado
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Anuradha Koraila, la fundadora del albergue Maiti Nepal, conversa con algunas residentes, chicas rescatadas de una vida en prostituci�n. La nueva ley paname�a crea un fondo especial del cual una parte se destinar� a este tipo de proyectos de rehabilitaci�n. |
A�n est� fresco el recuerdo del famoso caso en que un grupo de periodistas espa�oles, fingiendo ser turistas, solicitaron los servicios sexuales de mujeres menores de edad, descubriendo una organizaci�n delictiva dedicada a la explotaci�n sexual.
Recientemente, la Asamblea Legislativa aprob� la Ley No.16 del 31 de marzo de 2004, mediante la cual se modifican y adicionan art�culos a los C�digos Penal y Judicial (en adelante la Ley 16). Esta entr� en vigencia el 5 de abril de 2004, con el prop�sito de proteger a las personas menores de edad contra cualquier modalidad de explotaci�n sexual. Se introduce como una novedad en nuestro sistema, la represi�n del turismo sexual y la pornograf�a de menores de edad, delitos en auge a nivel internacional.
Turismo sexual
En 1980, Organizaciones No Gubernamentales internacionales comenzaron a utilizar el t�rmino �turismo sexual� para denunciar el tipo de turismo que se estaba desarrollando en el sudeste asi�tico y que promocionaba actividades relacionadas con el sexo, incluyendo ni�os y adolescentes.
Desde entonces, el turismo sexual ha crecido r�pidamente, convirti�ndose en un negocio lucrativo. Hoy en d�a, a pesar de la escasez de informaci�n y estad�sticas, se denuncia la explotaci�n sexual de m�s de dos millones de ni�os y ni�as solamente en el sudeste asi�tico.
Miles de personas adultas sin escr�pulos viajan desde pa�ses econ�micamente desarrollados hacia pa�ses de Asia, Africa y Centroam�rica �donde la pobreza y el desempleo est�n a la orden del d�a� con el fin de satisfacer sus apetencias sexuales. La organizaci�n Save The Children revel� en un informe que el 3% de los 600 millones de viajeros internacionales reconoce tendencias ped�filas, siendo sus principales pa�ses de procedencia Francia, Italia, Alemania y B�lgica.
Quiz�s una de las principales causas de este delito es la abundante oferta, en algunos pa�ses, de ni�os y ni�as como pareja sexual sin que el adulto involucrado sufra ning�n tipo de castigo.
Aun cuando se desconozcan datos oficiales, Panam� no es inmune a esta forma de explotaci�n sexual, como lo demostr� el ejemplo citado al inicio de esta nota.
Con las reformas introducidas al C�digo Penal por la Ley 16, se castigar� con penas que oscilan entre los 5 a 8 a�os de prisi�n a quien promueva, dirija, organice, publicite, invite, facilite o gestione, por cualquier medio de comunicaci�n, el turismo sexual que implique el reclutamiento de una persona menor de edad, aunque no llegara a ejecutarse ni a comprobarse.
La nueva legislaci�n proh�be a los servicios tur�sticos ofrecer en sus paquetes, expresa o t�citamente, planes que exploten sexualmente a menores de edad. De igual manera, deber�n adoptar medidas para impedir que su personal, dependientes o intermediarios ofrezcan orientaci�n tur�stica o contactos sexuales con menores de edad.
Por otro lado, los hoteles, casas de hospedaje, moteles y pensiones incluir�n una cl�usula en los contratos de hospedaje, en la que se informe sobre las consecuencias legales de la explotaci�n y el abuso sexual de menores. Las agencias de viaje y de turismo tambi�n deber�n incluir en su publicidad tur�stica esta informaci�n.
Las l�neas a�reas informar�n a sus usuarios con destino Panam�, sobre la existencia de la legislaci�n contra la explotaci�n sexual de menores de edad.
Pornografia Infantil
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Latinoam�rica es uno de los destinos m�s populares en turismo sexual. |
Desafortunadamente, el crimen tambi�n se mantiene al d�a con los avances tecnol�gicos, pues con el acceso a internet los promotores de pornograf�a infantil encontraron un nuevo medio de difusi�n.
Se estima que la industria de la pornograf�a infantil genera ganancias de 2 a 3 mil millones de d�lares por a�o. La oficina de Aduanas de Estados Unidos estima que existen m�s de 100 mil sitios web que ofrecen pornograf�a infantil.
A trav�s de la Ley 16 se introduce al C�digo Penal el Art�culo 226A, que contempla como delito la utilizaci�n del menor de edad en pornograf�a infantil ya sea difundido por internet o que involucre la �simulaci�n de actividad sexual� por tel�fono.
Las sanciones oscilan entre los 4 a 6 a�os de prisi�n y les ser�n impuestas a quienes fabriquen, publiquen, difundan, exhiban o distribuyan a trav�s de internet o cualquier medio masivo de comunicaci�n nacional o internacional, material pornogr�fico presentando o representando a menores de edad en actividades sexuales. Igual sanci�n ser� aplicada a quien posea, transporte o ingrese al pa�s este material, o lo difunda por internet o tel�fono.
Esta ley tambi�n aumenta las penas por delitos de trata sexual de personas, mejor conocida como �trata de blancas�, que est� en aumento entre las mujeres latinoamericanas.
La Ley 16 representa para Panam� un avance en su legislaci�n penal y nos pone al d�a con las tendencias en la represi�n de los delitos contra el pudor y la libertad sexual.
Sin embargo, habr� que esperar los resultados de su aplicaci�n para evaluar su �xito, pues en los �ltimos cinco a�os se han visto desfilar por las fiscal�as y juzgados de nuestro pa�s un importante n�mero de v�ctimas de delitos sexuales.
Por ejemplo, seg�n estad�sticas de la Polic�a T�cnica Judicial, desde 1995 a la fecha los casos de violaci�n carnal y de corrupci�n de menores aumentaron un 80%.
Pero este no es solo un problema que se limita al aumento de las sanciones contra los responsables, sino tambi�n de educaci�n, pues la gran mayor�a de las v�ctimas y victimarios de estos delitos proviene de grupos familiares disfuncionales, con bajo �ndice de escolaridad y de escasos recursos econ�micos. Aqu� los expertos tienen la palabra para ayudar a encontrar soluciones integrales a un problema que cada d�a cobra m�s v�ctimas y que poco a poco va minando las reservas de nuestra sociedad.
Una oficina especial
La Ley 16 crea la Comisi�n Nacional para la Prevenci�n de los Delitos de Explotaci�n Sexual (CONAPREDES). Este ser� un organismo t�cnico-administrativo, adscrito al Ministerio P�blico, que estudiar� mecanismos para la prevenci�n y erradicaci�n de los delitos de explotaci�n sexual.
Tambi�n se crea el Fondo Especial contra la Explotaci�n Sexual, con los impuestos establecidos dentro de esta ley, adem�s de las multas y dineros comisados o producto del remate de instrumentos, valores o bienes provenientes de estos delitos.
Este fondo se destinar� a la financiaci�n de los planes y programas de sensibilizaci�n, prevenci�n, capacitaci�n, atenci�n, tratamiento y rehabilitaci�n de las v�ctimas de los delitos de explotaci�n sexual y ser� administrado por CONAPREDES.
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